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CONTROL
INTERNO
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Es un sistema de
administración que controla permanentemente y en tiempo real la función de la
Unidad, cuyo propósito es garantizar el cumplimiento de los objetivos
institucionales y sociales que le corresponden.
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Proporciona una estructura
para controlar la planeación, la gestión y la evaluación; su propósito es
orientar a la Unidad hacia el cumplimiento de los fines esenciales del estado
para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de
igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y
publicidad.
NORMATIVIDAD
Mediante el artículo 209
de la Constitución Política se establece que la administración pública tendrá
un control interno. El artículo 269 determina la obligación de diseñar y
aplicar el control interno. La Ley 87 de 1993 establece las normas que rigen
el control interno y esta es reglamentada por el Decreto 1826 de 1994 que
dispone la creación de las oficinas de control interno y la creación del
comité de coordinación de control interno. El Decreto 1537 de 2001 establece
los elementos para fortalecer el control interno y determina los roles de
control interno. El artículo 189 de la Constitución Política determina que
acciones le corresponden al presidente como autoridad administrativa. La Ley
489 de 1998 regula el ejercicio de la función administrativa. El Decreto 2145
de 1999 define el Sistema Nacional de Control Interno.
Actualmente, el Decreto 1599 de mayo 20 de 2005, por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECI, para las entidades del Estado, marca el inicio de una nueva etapa de la Administración Pública Colombiana al introducir elementos de gestión modernos que deberán ser adoptados por los representantes legales de todas las entidades del Estado.
El Modelo Estándar de Control Interno
MECI determina tres pilares esenciales que garantizan su
funcionamiento:
√ Autocontrol
√ Autorregulación
√ Autogestión
El Modelo Estándar de Control Interno –
MECI, para garantizar el cumplimiento de la función Constitucional
de la Entidad Pública , genera tres Subsistemas que son:
• Subsistema de Control Estratégico
• Subsistema de Control de Gestión
• Subsistema de Evaluación de Gestión.
La Unidad de acuerdo con
lo establecido en la Circular No.03 del 27 de septiembre de 2005 dio inicio a
la Etapa 1 de Planeación al Diseño e Implementación del Sistema de Control
Interno con la firma del Acta de Compromiso de la Alta Dirección suscrita el
día 15 de noviembre de 2005 y con la adopción del Modelo Estándar de Control
Interno – MECI 1000:2005 mediante Resolución No. 0491 del 15 de noviembre de
2005.
Rol de la Asesora de Control Interno
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¿QUÉ ES EL CICI?
El Comité Interinstitucional de Control Interno - CICI,
es una instancia asesora, técnica y operativa del Consejo Asesor del Gobierno
Nacional en materia de Control Interno.
¿Quiénes son miembros del CICI?
El CICI está integrado por:
- El
Director de Control Interno y Racionalización de Trámites del Departamento
Administrativo de la Función Pública
- Los
Jefes de Unidad u Oficinas de Control Interno de las siguientes entidades:
Ministerios, Departamentos Administrativos, Organismos de Control, Congreso
de la República, el Banco de la República, la Organización Electoral, la
Fiscalía General de la Nación, el Consejo Superior de la Judicatura
- Los
delegados de los Comités Interinstitucionales de las Entidades
Territoriales y/o Sectoriales
- Y
los Jefes de Control Interno de las demás entidades del Orden Nacional que
soliciten su inscripción.
¿Cuáles son las funciones del CICI?
El CICI Nacional tiene como principales
funciones:
- Consolidar
e intercambiar experiencias exitosas en materia de Control Interno a nivel
institucional, territorial y/o sectorial
- Formular
propuestas de mejoramiento y perfeccionamiento del Sistema Nacional de
Control Interno a través de su representación en el Consejo Asesor del
Gobierno Nacional en materia de Control Interno
- Brindar
asesoría y apoyo a los Jefes de Control Interno para el ejercicio adecuado
de sus funciones y la puesta en práctica de las políticas del Sistema
Nacional de Control Interno
- Divulgar
y ejecutar las políticas, planes y programas establecidos por el Consejo
Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno
- Canalizar
las necesidades de capacitación y asesoría de las diferentes entidades a
nivel nacional y territorial en materia de Control Interno, con las
instancias competentes para tales fines
- Designar
a los cuatro (4) miembros que representen al CICI ante el Consejo Asesor
del Gobierno Nacional en materia de control interno
- Elaborar,
aprobar y aplicar su propio reglamento
¿Cómo opera?
- Mediante
la asistencia y participación de todos los asambleistas, es decir, todo
Jefe de la Oficina de Control Interno, o quien haga sus veces, en las
sesiones plenarias que se citan anualmente, ordinarias o extraordinarias,
en forma presencial o virtual.
- Con
la elección de representantes de la Asamblea en la Junta Directiva del
CICI nacional, que se constituye en su órgano de gobierno y
administración. Se compone por 6 jefes de Control Interno, en
representación de igual número de entidades del orden nacional; y otros 6,
en representación de igual número de CICI Departamental y/o sectorial.
Junta que se constituye con los aspirantes que hayan obtenido el mayor
número de votos de la Asamblea.
LA
CORRUPCIÓN EN COLOMBIA
El
escalafón del riesgo de corrupción en Colombia
Estas son las contralorías
regionales, gobernaciones y alcaldías con mayor y menor riesgo de corrupción.
56% de esas entidades del
orden departamental se encuentran en nivel alto y muy alto.
En Colombia no desfallecemos
en medir el índice de transparencia de las entidades del Estado, como ejercicio
de control social que identifica los espacios donde los débiles diseños
institucionales le dejan espacio a la corrupción. Los resultados siguen siendo
malos, dice Elisabeth Ungar, directora de Transparencia por Colombia.
Las contralorías regionales,
cuya misión principal es controlar el manejo eficiente y pulcro de los recursos
de los entes territoriales, tienen más alto riesgo de corrupción que sus vigilados.
Esa es la conclusión del último informe de Transparencia por Colombia a 28
ciudades capitales, 13 municipios pequeños, 32 gobernaciones y 32 contralorías.
Los resultados resultan
preocupantes, más ahora cuando el país intenta caminar hacia la transición y se
habla, tras la firma del acuerdo entre el Gobierno y las Farc, de la creación
de nuevas instituciones que se encargarán de ejecutar programas para la
consecución de la paz en Colombia. Si las que hay no juegan totalmente limpio
¿cómo será las que vienen?
Las cifras del informe son
vergonzosas. Las contralorías departamentales obtienen un promedio general de
55 sobre 100. Es decir que el 56% de esas entidades del orden departamental se
encuentran en nivel alto y muy alto de riesgo de corrupción. De hecho solo dos
contralorías logran un nivel moderado de riesgo, es decir que pasan raspando.
Son ellas, Huila y Meta.
Entre tanto, las
Gobernaciones lograron una calificación promedio de 59 y los municipios, 57.
Unos cuantos puntos por encima de esas contralorías. Pero de nada sirve porque
de acuerdo con el estudio, las tres mediciones señalan un alto riesgo de
corrupción.
Los resultados de la
evaluación muestran una institucionalidad departamental débil y plagada de
fallas en el diseño de su proceso de gestión. Esta situación eleva la
posibilidad de que la misión de estas entidades no se cumplan y se arriesgue la
gestión de los recursos púbicos, explica Elisabeth Ungar, directora de
Transparencia por Colombia.
En el caso de las
gobernaciones, solo cuatro están en riesgo moderado de corrupción: Antioquia,
Santander, Caldas y Meta. Todas las demás están en los niveles medios y altos.
Y las peores en el ranking son Putumayo, La Guajira, Caquetá, Guainía, Vaupés y
Chocó.
En cuanto a los municipios,
Barranquilla y Pereira pasan raspando, mientras que las demás ciudades
capitales dejan mucho que desear en sus procesos de transparencia. Los peores
son Puerto Carreño, Quibdó, Inírida, Mitú, Sincelejo y Leticia.
Es importante mirar que
tanto en gobernaciones como en municipios, los peores lugares los ocupan
justamente las regiones por donde es casi seguro que comience la inversión de
programas para construir la paz, dados los conflictos que se han vivido allí
por décadas y el número de víctimas. “Sin embargo, estos resultados encienden
las alarmas acerca de la eficacia de una institucionalidad que dice prepararse
para afrontar los inmensos retos de transparencia, integridad y anticorrupción
que demandará un manejo acertado del Estado y de la sociedad en general, una
vez se llegue a la etapa del pos acuerdo y el posconflicto”, menciona Úngar.
¿Cuáles
son los riesgos mayores de corrupción?
Los primero que hay que
decir es que los candidatos, en campaña, siguen mintiendo. Cuando llegan a
ocupar los cargos públicos, las promesas de luchar contra la corrupción se van
a la caneca. Por tal razón, en las gobernaciones las nuevas prácticas de
transparencia alcanzaron 53 puntos y en los municipios, 51. Estas iniciativas
se quedan en el dicho y no en el hecho.
Lo más crítico de la
evaluación que hace Transparencia es la pobre o nula divulgación de la
información pública sobre la oferta de programas sociales. Vale la pena
mencionar que el país estrena Ley de Acceso a Información, que entre otras
obliga a que las entidades divulguen públicamente todo lo que ejecutan. Pues
bien, lo de datos abiertos sigue siendo un anhelo en Colombia. La calificación
que obtienen los sitios web de las alcaldías es de 26 sobre 100. Uno de los
programas menos transparentes en cuanto a su información es Familias en Acción.
Otro problema grave es que
no se informa sobre la ejecución presupuestal. Los sitios web de los municipios
se rajaron sacando 46 sobre 100. Es decir que los colombianos no tenemos acceso
público y abierto a la ejecución del Sistema General de Participaciones, el
Sistema General de Regalías y los recursos propios de las entidades del Estado.
El indicador de
‘meritocracia’ obtiene cero en alcaldías, solo una gobernación aplicó un
proceso de méritos para el nombramiento de un funcionario en un cargo. Y ello
dice mucho porque en el 76 por ciento de las entidades, el 75 por cientos de
los servidores están vinculados por prestación de servicios.
Precisa Transparencia por
Colombia que en las entidades del Estado no hay garantías en el sentido que
allí trabajen los mejores, como tampoco hay garantías laborales en cuanto a
estabilidad y capacitación. En este análisis las gobernaciones alcanzaron 47
puntos en la calificación y los municipios, 48, de 100.
En lo que tiene que ver con
contratación estatal, las prácticas de riesgo prevalecen. Allí la calificación
siguen siendo por debajo del promedio: Municipios, 58 puntos y gobernaciones,
47. Solo el 78% de las licitaciones de las alcaldías tuvieron supervisión y en
los departamentos la reina sigue siendo la contratación directa, conllevando a
prácticas como el fraccionamiento de contratos.
¿Cómo
se mide el índice de Transparencia?
El ITN O Índice de Transparencia Nacional, mide las
condiciones que tienen las instituciones para favorecer las transparencia y
controlar posibles riegos de corrupción. Para calcilarlo se califican y
promedian tres variables.
Visibilidad: Disposición de la entidad para facilitar el
acceso a la información sobre su gestión aministrativa y la calidad de los
datos que se pueden consultar.
Sanción: Los fallos de responsabilidad fiscal y
disciplinaria que han afectado a la entidad que se evalúa así como la
eficiencia de las oficinas de control interno.
Institucionalidad: El cumplimiento de las normas,
procesos y procedimientos que rigen la entidad.
APOYO WEB GRÁFICO:
- http://www.eltiempo.com/multimedia/especiales/corrupcion-en-colombia/15798518/1
- http://www.cicinacional.com/index.php/el-cici/quienes-somos.html
- http://www.upme.gov.co/SistControl.htm
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