CONTROL INTERNO

Es un sistema de administración que controla permanentemente y en tiempo real la función de la Unidad, cuyo propósito es garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y sociales que le corresponden.

SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Proporciona una estructura para controlar la planeación, la gestión y la evaluación; su propósito es orientar a la Unidad hacia el cumplimiento de los fines esenciales del estado para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

NORMATIVIDAD
Mediante el artículo 209 de la Constitución Política se establece que la administración pública tendrá un control interno. El artículo 269 determina la obligación de diseñar y aplicar el control interno. La Ley 87 de 1993 establece las normas que rigen el control interno y esta es reglamentada por el Decreto 1826 de 1994 que dispone la creación de las oficinas de control interno y la creación del comité de coordinación de control interno. El Decreto 1537 de 2001 establece los elementos para fortalecer el control interno y determina los roles de control interno. El artículo 189 de la Constitución Política determina que acciones le corresponden al presidente como autoridad administrativa. La Ley 489 de 1998 regula el ejercicio de la función administrativa. El Decreto 2145 de 1999 define el Sistema Nacional de Control Interno.

Actualmente, el Decreto 1599 de mayo 20 de 2005, por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECI, para las entidades del Estado, marca el inicio de una nueva etapa de la Administración Pública Colombiana al introducir elementos de gestión modernos que deberán ser adoptados por los representantes legales de todas las entidades del Estado.

El Modelo Estándar de Control Interno MECI determina tres pilares esenciales que garantizan su funcionamiento: 

√  Autocontrol
√  Autorregulación
√  Autogestión 

El Modelo Estándar de Control Interno – MECI, para garantizar el cumplimiento de la función Constitucional de la Entidad Pública , genera tres Subsistemas que son: 

• Subsistema de Control Estratégico
• Subsistema de Control de Gestión         
• Subsistema de Evaluación de Gestión.

La Unidad de acuerdo con lo establecido en la Circular No.03 del 27 de septiembre de 2005 dio inicio a la Etapa 1 de Planeación al Diseño e Implementación del Sistema de Control Interno con la firma del Acta de Compromiso de la Alta Dirección suscrita el día 15 de noviembre de 2005 y con la adopción del Modelo Estándar de Control Interno – MECI 1000:2005 mediante Resolución No. 0491 del 15 de noviembre de 2005.

Rol de la Asesora de Control Interno
  1.     Evaluador independiente del sistema de control interno.
  2. Asesorar y acompañar a la entidad en el desarrollo de las acciones determinadas como producto de los programas de auditoria. 
  3. Asesorar conceptualmente en la determinación de los riesgos, como diseñar y establecer mecanismos de control y monitoreo al mapa de riesgos.
  4.  Evaluar los procesos y adelantar seguimiento a las recomendaciones.
  5.  Fomentar la cultura del autocontrol.
  6.  Relación con entes externos.


¿QUÉ ES EL CICI?

El Comité Interinstitucional de Control Interno - CICI, es una instancia asesora, técnica y operativa del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno.

¿Quiénes son miembros del CICI?

El CICI está integrado por:

  • El Director de Control Interno y Racionalización de Trámites del Departamento Administrativo de la Función Pública
  • Los Jefes de Unidad u Oficinas de Control Interno de las siguientes entidades: Ministerios, Departamentos Administrativos, Organismos de Control, Congreso de la República, el Banco de la República, la Organización Electoral, la Fiscalía General de la Nación, el Consejo Superior de la Judicatura
  • Los delegados de los Comités Interinstitucionales de las Entidades Territoriales y/o Sectoriales
  • Y los Jefes de Control Interno de las demás entidades del Orden Nacional que soliciten su inscripción.
¿Cuáles son las funciones del CICI?

El CICI Nacional tiene como principales funciones:

  • Consolidar e intercambiar experiencias exitosas en materia de Control Interno a nivel institucional, territorial y/o sectorial
  • Formular propuestas de mejoramiento y perfeccionamiento del Sistema Nacional de Control Interno a través de su representación en el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno
  • Brindar asesoría y apoyo a los Jefes de Control Interno para el ejercicio adecuado de sus funciones y la puesta en práctica de las políticas del Sistema Nacional de Control Interno
  • Divulgar y ejecutar las políticas, planes y programas establecidos por el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno
  • Canalizar las necesidades de capacitación y asesoría de las diferentes entidades a nivel nacional y territorial en materia de Control Interno, con las instancias competentes para tales fines
  • Designar a los cuatro (4) miembros que representen al CICI ante el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de control interno
  • Elaborar, aprobar y aplicar su propio reglamento
¿Cómo opera?
  • Mediante la asistencia y participación de todos los asambleistas, es decir, todo Jefe de la Oficina de Control Interno, o quien haga sus veces, en las sesiones plenarias que se citan anualmente, ordinarias o extraordinarias, en forma presencial o virtual.
  • Con la elección de representantes de la Asamblea en la Junta Directiva del CICI nacional, que se constituye en su órgano de gobierno y administración. Se compone por 6 jefes de Control Interno, en representación de igual número de entidades del orden nacional; y otros 6, en representación de igual número de CICI Departamental y/o sectorial. Junta que se constituye con los aspirantes que hayan obtenido el mayor número de votos de la Asamblea.
LA CORRUPCIÓN EN COLOMBIA

El escalafón del riesgo de corrupción en Colombia

Estas son las contralorías regionales, gobernaciones y alcaldías con mayor y menor riesgo de corrupción.
56% de esas entidades del orden departamental se encuentran en nivel alto y muy alto.
En Colombia no desfallecemos en medir el índice de transparencia de las entidades del Estado, como ejercicio de control social que identifica los espacios donde los débiles diseños institucionales le dejan espacio a la corrupción. Los resultados siguen siendo malos, dice Elisabeth Ungar, directora de Transparencia por Colombia.
Las contralorías regionales, cuya misión principal es controlar el manejo eficiente y pulcro de los recursos de los entes territoriales, tienen más alto riesgo de corrupción que sus vigilados. Esa es la conclusión del último informe de Transparencia por Colombia a 28 ciudades capitales, 13 municipios pequeños, 32 gobernaciones y 32 contralorías.
Los resultados resultan preocupantes, más ahora cuando el país intenta caminar hacia la transición y se habla, tras la firma del acuerdo entre el Gobierno y las Farc, de la creación de nuevas instituciones que se encargarán de ejecutar programas para la consecución de la paz en Colombia. Si las que hay no juegan totalmente limpio ¿cómo será las que vienen?
Las cifras del informe son vergonzosas. Las contralorías departamentales obtienen un promedio general de 55 sobre 100. Es decir que el 56% de esas entidades del orden departamental se encuentran en nivel alto y muy alto de riesgo de corrupción. De hecho solo dos contralorías logran un nivel moderado de riesgo, es decir que pasan raspando. Son ellas, Huila y Meta.
Entre tanto, las Gobernaciones lograron una calificación promedio de 59 y los municipios, 57. Unos cuantos puntos por encima de esas contralorías. Pero de nada sirve porque de acuerdo con el estudio, las tres mediciones señalan un alto riesgo de corrupción.
Los resultados de la evaluación muestran una institucionalidad departamental débil y plagada de fallas en el diseño de su proceso de gestión. Esta situación eleva la posibilidad de que la misión de estas entidades no se cumplan y se arriesgue la gestión de los recursos púbicos, explica Elisabeth Ungar, directora de Transparencia por Colombia.

En el caso de las gobernaciones, solo cuatro están en riesgo moderado de corrupción: Antioquia, Santander, Caldas y Meta. Todas las demás están en los niveles medios y altos. Y las peores en el ranking son Putumayo, La Guajira, Caquetá, Guainía, Vaupés y Chocó.
En cuanto a los municipios, Barranquilla y Pereira pasan raspando, mientras que las demás ciudades capitales dejan mucho que desear en sus procesos de transparencia. Los peores son Puerto Carreño, Quibdó, Inírida, Mitú, Sincelejo y Leticia.

Es importante mirar que tanto en gobernaciones como en municipios, los peores lugares los ocupan justamente las regiones por donde es casi seguro que comience la inversión de programas para construir la paz, dados los conflictos que se han vivido allí por décadas y el número de víctimas. “Sin embargo, estos resultados encienden las alarmas acerca de la eficacia de una institucionalidad que dice prepararse para afrontar los inmensos retos de transparencia, integridad y anticorrupción que demandará un manejo acertado del Estado y de la sociedad en general, una vez se llegue a la etapa del pos acuerdo y el posconflicto”, menciona Úngar.

¿Cuáles son los riesgos mayores de corrupción?

Los primero que hay que decir es que los candidatos, en campaña, siguen mintiendo. Cuando llegan a ocupar los cargos públicos, las promesas de luchar contra la corrupción se van a la caneca. Por tal razón, en las gobernaciones las nuevas prácticas de transparencia alcanzaron 53 puntos y en los municipios, 51. Estas iniciativas se quedan en el dicho y no en el hecho.
Lo más crítico de la evaluación que hace Transparencia es la pobre o nula divulgación de la información pública sobre la oferta de programas sociales. Vale la pena mencionar que el país estrena Ley de Acceso a Información, que entre otras obliga a que las entidades divulguen públicamente todo lo que ejecutan. Pues bien, lo de datos abiertos sigue siendo un anhelo en Colombia. La calificación que obtienen los sitios web de las alcaldías es de 26 sobre 100. Uno de los programas menos transparentes en cuanto a su información es Familias en Acción.
Otro problema grave es que no se informa sobre la ejecución presupuestal. Los sitios web de los municipios se rajaron sacando 46 sobre 100. Es decir que los colombianos no tenemos acceso público y abierto a la ejecución del Sistema General de Participaciones, el Sistema General de Regalías y los recursos propios de las entidades del Estado.
El indicador de ‘meritocracia’ obtiene cero en alcaldías, solo una gobernación aplicó un proceso de méritos para el nombramiento de un funcionario en un cargo. Y ello dice mucho porque en el 76 por ciento de las entidades, el 75 por cientos de los servidores están vinculados por prestación de servicios.
Precisa Transparencia por Colombia que en las entidades del Estado no hay garantías en el sentido que allí trabajen los mejores, como tampoco hay garantías laborales en cuanto a estabilidad y capacitación. En este análisis las gobernaciones alcanzaron 47 puntos en la calificación y los municipios, 48, de 100.
En lo que tiene que ver con contratación estatal, las prácticas de riesgo prevalecen. Allí la calificación siguen siendo por debajo del promedio: Municipios, 58 puntos y gobernaciones, 47. Solo el 78% de las licitaciones de las alcaldías tuvieron supervisión y en los departamentos la reina sigue siendo la contratación directa, conllevando a prácticas como el fraccionamiento de contratos.

¿Cómo se mide el índice de Transparencia?

El ITN O Índice de Transparencia Nacional, mide las condiciones que tienen las instituciones para favorecer las transparencia y controlar posibles riegos de corrupción. Para calcilarlo se califican y promedian tres variables.
Visibilidad: Disposición de la entidad para facilitar el acceso a la información sobre su gestión aministrativa y la calidad de los datos que se pueden consultar.
Sanción: Los fallos de responsabilidad fiscal y disciplinaria que han afectado a la entidad que se evalúa así como la eficiencia de las oficinas de control interno.
Institucionalidad: El cumplimiento de las normas, procesos y procedimientos que rigen la entidad.


APOYO WEB GRÁFICO:

  •  http://www.eltiempo.com/multimedia/especiales/corrupcion-en-colombia/15798518/1

  • http://www.cicinacional.com/index.php/el-cici/quienes-somos.html
  • http://www.upme.gov.co/SistControl.htm