Es necesario profundizar un poco en
el tema para poder dar dictamen acerca del modelo de dominación legal racional
en el siglo XXI específicamente en las burocracias y en el análisis de las
organizaciones públicas; acercándonos a su interpretación se recoge de su
exponente Weber una definición de dominación como: "La probabilidad de
encontrar obediencia dentro de un grupo determinado para mandatos específicos
en si. El objetivo del método propuesto por Weber, consiste en comprender el
comportamiento social y político de los individuos y grupos en situaciones
históricas concretas.
A lo que compete estas definiciones no
solo a organizaciones de origen público sino también de origen privado, es una fotografía de lo que son en
nuestro medio y acción en todos los campos productivos.
Siguiendo la misma línea de profundización
se encuentra otra definición más aproximada en la que desarrolla el método de dominación
en especial énfasis en la burocracia.
DOMINACION LEGAL
CON ADMINISTRACION BUROCRATICA.
La dominación legal establece que
todo derecho, “pactado” u “otorgado”, puede ser estatuido de
modo racional con la pretensión de ser respetado por los
miembros de la asociación. Todo derecho es un cosmos de reglas abstractas, son
generacionales ya que luego se aplicaran estas reglas a casos concretos. A la vez, el soberano también debe obedecer a
estas ordenaciones impersonales.
Las categorías fundamentales
de la dominación legal son un ejercicio continuado sujeto a
ley dentro de:
Una competencia,
que significa:
A) un ámbito de
deberes y servicios limitados en virtud de una distribución de funciones.
B) con la
atribución de los poderes necesarios para su realización.
C) con fijación
estricta de los medios coactivos.
· El principio
de jerarquía administrativa, o sea, la ordenación de autoridades fijas con
facultades de regulación e inspección y con el derecho de queja o apelación
ante autoridades superiores.
· El cuadro
administrativo debe poseer una formación profesional.
· Rige
también el principio de la separación plena entre el cuadro administrativo y
los medios de administración y producción.
· No
hay una apropiación de los cargos por quien los
ejerce.
· Rige
el principio administrativo de atenerse al expediente.
· El
tipo más puro de dominación legal es aquel que se ejerce por medio de un cuadro
administrativo burocrático.
Las características del cuadro
administrativo burocrático son:
·
Funcionarios individuales, personalmente libres, se deben solo a los
deberes objetivos de su cargo.
·
Hay una jerarquía administrativa rigurosa.
·
Hay competencia fijada
·
Debe haber libre selección para el nombramiento de los cargos.
·
Tiene una calificación profesional que fundamenta su nombramiento.
·
Son retribuídos en dinero con sueldos fijos.
·
Ejercen el cargo como su única o principal profesión.
·
Tiene ante sí una carrera o perspectiva de ascensos y avances por años
de ejercicios o servicios.
·
Trabajan con completa separación de los medios administrativos y sin
apropiación del cargo.
·
Están sometidos a una rigurosa disciplina y vigilancia
La clave de la burocracia es el saber
profesional especializado.El espíritu de la burocracia racional es: el
formalismo exigido para garantizar las oportunidades, y que tienden a llevar a
cabo sus tareas administrativas de acuerdo con criterios utilitarios-materiales
Ahora todo lo antes expuesto
es tipa la descripción de una empresa por más mínima que sea, pero haciendo una
profundidad de raíz sobre estos temas se encuentra que de manera cruda que la
mercantilización de los productos o servicios ha llevado a la evolución o qué
no decir transformación no solo de las empresas sino también de la sociedad a
este tipo de relaciones sociales que busca el fin primordial ganancias,
utilidades, eficiencia, eficacia como himnos mayores de progreso comercial.
Si se análisis y diseños de
las organizaciones públicas pero con una mirada retirada de la realidad, es
importante señalar que no todas estas instituciones apuntan a un mismo fin sino
que la mayoría recorre el camino que el sistema les señala o qué no decir esa dominación legal le
imparte.
Frente a este panorama, no
solo a los funcionarios sino a la ciudadanía en general se les pide que hagan, sí
que cumplan con su trabajo pero que rompan ese paradigma que nos encierra las
reglas dominantes para hacer algo de
más.
Ser desmercantilista es
poder separar esos fines utilitaristas y de ganancias absolutas con estándares
de cero error ni tacha alguna, por retribución
a la sociedad, por una buena responsabilidad social verdadera. Ser desmercantilista
es dejar nuestra obsesión por el materialismo para poder tenderle la mano a los
que tanto lo necesitan, este es un discurso que no solo ha pasado de siglos en
siglos sino que seguirá pasando.
PREGUNTAS GENERADORAS:
- El
gobierno se fundamenta en la autoridad, siempre y cuando
esta autoridad sea obtenida de forma legítima desde el voto y decisión de su
mismo pueblo, va asociado al poder que cada gobernante con todo su equipo
ejercen para impartir justicia y velar por los intereses comunes y garantizar
la buena administración de lo público.
En el año 2000
Penny Green y Tony Ward, de la University of Hull, del Reino Unido, propusieron
como definición de los crímenes de Estado, combinando abiertamente tanto
criterios normativos como descriptivos: un crimen de Estado es la desviación
organizacional por parte de agencias del Estado que involucra la violación de
derechos humanos (Green & Ward, 2000). Esta definición ha sido tomada por
la Iniciativa Internacional de Crímenes de Estado (isci, ) y por otros
criminólogos (por ejemplo Faust & Carlson, 2011). En efecto, en un artículo
titulado “State Crime and the Sociology of Human Rights”, traducido al español
el año pasado por la Revista Crítica Penal y Poder3 , Tony Ward concluye con
las siguientes palabras:
“La idea de que los crímenes de Estado por definición
‘violan los derechos humanos’ es, como he señalado, mejor interpretado si
implica que éste viola, de forma seriamente perjudicial, el principio
fundamental de los derechos humanos (la igual dignidad de todas las personas),
más que si viola alguna formulación legal específica de estos derechos. Este
principio es un principio de justificación (Forst, 2010): el principio de que
los Estados deben justificar su uso del poder coercitivo ante aquellos
afectados por éste, de manera que los reconozca como seres humanos libres y moralmente
iguales. Una de las características del crimen de Estado es que se trata de un
comportamiento que no es susceptible de ningún intento de justificación de
buena fe en esos términos. Por lo tanto, es un comportamiento que trata a
aquellos sometidos a él con cierto tipo de irrespeto. Tal irrespeto puede
reflejar una ideología que rechaza la idea misma de libertad e igualdad, o la
subordina a alguna concepción del buen vivir. Puede reflejar la exclusión de
algunos seres humanos de la categoría de seres considerados merecedores de
preocupación moral (Fein, 1990). O bien –quizás más a menudo– puede reflejar el
modo en que el compromiso hipotético de las organizaciones hacia las normas
éticas en la práctica es ignorado por la acción estratégica que persigue
objetivos políticos y económicos (Ward: 63-76).”
Tomado de: http://www.redalyc.org/pdf/325/32533819006.pdf.
- EFICACIA ADMINISTRATIVA EN LA RUTA DE LA ÉTICA PÚBLICA
Es importante tener
en cuenta que el logro de la eficacia y eficiencia parte de principios éticos y
morales que rigen la forma de administrar o de gerenciar lo público.
Las
transformaciones administrativas que han tenido lugar en el sector público
venezolano producto de la reforma del Estado que se inició con mayor fuerza a
finales de 1991 y que se desarrolló con cierto vigor hasta 1998, se promovieron
y aplicaron a través de los planteamientos que integran los postulados de la
“gerencia empresarial eficiente”, este enfoque lleva consigo que de forma
aparente este proceso se le vacíe de su contenido político que le es inherente
por su naturaleza, esto es precisamente uno de los aspectos donde los procesos
de reforma del Estado en América Latina han mostrado a nuestro juicio su mayor
debilidad, pues se han convertido en un conjunto de propuestas fundamentalmente
técnicas para cambiar estructuras político-administrativas ineficientes por
unas que apuntalen la eficiencia, sin observancia de aspectos inequívocos de la
naturaleza de la administración pública producto de su proceso
histórico-político y socio cultural.
Es decir que se han
trasladado acríticamente construcciones tecnológicas producidas a partir de
problemas de producción del sector privado para explicar y resolver situaciones
del sector público, siguiendo una idea que reduce el problema de la
administración pública a un problema meramente de funcionamiento-técnico.
El desafío para la
administración pública en este contexto de ideas, radicó en introducir mejoras
en su funcionamiento (normativas, organizaciones, disposiciones,
procedimientos) es decir en aumentar su capacidad de facilitar que los cambios
económicos puedan transitar y hallar canales para su desarrollo adecuado, a
esto Guerrero (1999) lo ha denominado capacidad de implementabilidad; “en su
origen, el manejo público (public management) fue desarrollado como un
paradigma de implementabilidad en administración pública” (Guerrero, 1999:81),
a mayor capacidad de implementar cambios mayor será la capacidad de mantener
gobernabilidad.
Otros autores han
identificado a la Gerencia como el paradigma para acometer la modernización
administrativa y han vinculado esta con aquella, es decir que hay una visión de
establecer a la modernización administrativa como una capacidad para la
absorción de cambios. Se promovió la sustitución de la administración pública
por la aplicación de la gerencia pública como paradigma que venía a solucionar
los problemas de organización y funcionamiento del Estado, como si se tratara
de estructuras de producción privada lo que ha constituido un abordaje limitado
del asunto.
Tomado de : http://www.gestiopolis.com/moral-y-etica-para-la-eficiencia-en-la-administracion-publica/.



