lunes, 13 de febrero de 2017

Es necesario profundizar un poco en el tema para poder dar dictamen acerca del modelo de dominación legal racional en el siglo XXI específicamente en las burocracias y en el análisis de las organizaciones públicas; acercándonos a su interpretación se recoge de su exponente Weber una definición de dominación como: "La probabilidad de encontrar obediencia dentro de un grupo determinado para mandatos específicos en si. El objetivo del método propuesto por Weber, consiste en comprender el comportamiento social y político de los individuos y grupos en situaciones históricas concretas.

A lo que compete estas definiciones no solo a organizaciones de origen público sino también de origen  privado, es una fotografía de lo que son en nuestro medio y acción en todos los campos productivos.

Siguiendo la misma línea de profundización se encuentra otra definición más aproximada en la que desarrolla el método de dominación en especial énfasis en la burocracia.


DOMINACION LEGAL CON ADMINISTRACION BUROCRATICA.

La dominación legal establece que todo derecho, “pactado” u “otorgado”, puede ser estatuido de modo racional con la pretensión de ser respetado por los miembros de la asociación. Todo derecho es un cosmos de reglas abstractas, son generacionales ya que luego se aplicaran estas reglas a casos concretos. A  la vez, el soberano también debe obedecer a estas ordenaciones impersonales.

Las categorías fundamentales de la dominación legal son un ejercicio continuado sujeto a ley dentro de:

Una competencia, que significa:
A) un ámbito de deberes y servicios limitados en virtud de una distribución de funciones.
B) con la atribución de los poderes necesarios para su realización.
C) con fijación estricta de los medios coactivos.
·         El principio de jerarquía administrativa, o sea, la ordenación de autoridades fijas con facultades de regulación e inspección y con el derecho de queja o apelación ante autoridades superiores.
·         El cuadro administrativo debe poseer una formación profesional.
·         Rige también el principio de la separación plena entre el cuadro administrativo y los medios de administración y producción.
·          No hay una apropiación de los cargos por quien los ejerce.     
·         Rige el principio administrativo de atenerse al expediente.
·         El tipo más puro de dominación legal es aquel que se ejerce por medio de un cuadro administrativo burocrático.

Las características del cuadro administrativo burocrático son:
·                     Funcionarios individuales, personalmente libres, se deben solo a los deberes objetivos de su cargo.
·                     Hay una jerarquía administrativa rigurosa.
·                     Hay competencia fijada
·                     Debe haber libre selección para el nombramiento de los cargos.
·                     Tiene una calificación profesional que fundamenta su nombramiento.
·                     Son retribuídos en dinero con sueldos fijos.
·                     Ejercen el cargo como su única o principal profesión.
·                     Tiene ante sí una carrera o perspectiva de ascensos y avances por años de ejercicios o servicios.
·                     Trabajan con completa separación de los medios administrativos y sin apropiación del cargo.
·                     Están sometidos a una rigurosa disciplina y vigilancia
La clave de la burocracia es el saber profesional especializado.El espíritu de la burocracia racional es: el formalismo exigido para garantizar las oportunidades, y que tienden a llevar a cabo sus tareas administrativas de acuerdo con criterios utilitarios-materiales


Ahora todo lo antes expuesto es tipa la descripción de una empresa por más mínima que sea, pero haciendo una profundidad de raíz sobre estos temas se encuentra que de manera cruda que la mercantilización de los productos o servicios ha llevado a la evolución o qué no decir transformación no solo de las empresas sino también de la sociedad a este tipo de relaciones sociales que busca el fin primordial ganancias, utilidades, eficiencia, eficacia como himnos mayores de progreso comercial.

Si se análisis y diseños de las organizaciones públicas pero con una mirada retirada de la realidad, es importante señalar que no todas estas instituciones apuntan a un mismo fin sino que la mayoría recorre el camino que el sistema les señala   o qué no decir esa dominación legal le imparte.

Frente a este panorama, no solo a los funcionarios sino a la ciudadanía en general se les pide que hagan, sí que cumplan con su trabajo pero que rompan ese paradigma que nos encierra las reglas dominantes para  hacer algo de más.



Ser desmercantilista es poder separar esos fines utilitaristas y de ganancias absolutas con estándares de cero error ni tacha alguna, por retribución  a la sociedad, por una buena responsabilidad social verdadera. Ser desmercantilista es dejar nuestra obsesión por el materialismo para poder tenderle la mano a los que tanto lo necesitan, este es un discurso que no solo ha pasado de siglos en siglos  sino que seguirá pasando.




PREGUNTAS GENERADORAS:

  • El gobierno se fundamenta en la autoridad, siempre y cuando esta autoridad sea obtenida de forma legítima desde el voto y decisión de su mismo pueblo, va asociado al poder que cada gobernante con todo su equipo ejercen para impartir justicia y velar por los intereses comunes y garantizar la buena administración de lo público.

En el año 2000 Penny Green y Tony Ward, de la University of Hull, del Reino Unido, propusieron como definición de los crímenes de Estado, combinando abiertamente tanto criterios normativos como descriptivos: un crimen de Estado es la desviación organizacional por parte de agencias del Estado que involucra la violación de derechos humanos (Green & Ward, 2000). Esta definición ha sido tomada por la Iniciativa Internacional de Crímenes de Estado (isci, ) y por otros criminólogos (por ejemplo Faust & Carlson, 2011). En efecto, en un artículo titulado “State Crime and the Sociology of Human Rights”, traducido al español el año pasado por la Revista Crítica Penal y Poder3 , Tony Ward concluye con las siguientes palabras:
“La idea de que los crímenes de Estado por definición ‘violan los derechos humanos’ es, como he señalado, mejor interpretado si implica que éste viola, de forma seriamente perjudicial, el principio fundamental de los derechos humanos (la igual dignidad de todas las personas), más que si viola alguna formulación legal específica de estos derechos. Este principio es un principio de justificación (Forst, 2010): el principio de que los Estados deben justificar su uso del poder coercitivo ante aquellos afectados por éste, de manera que los reconozca como seres humanos libres y moralmente iguales. Una de las características del crimen de Estado es que se trata de un comportamiento que no es susceptible de ningún intento de justificación de buena fe en esos términos. Por lo tanto, es un comportamiento que trata a aquellos sometidos a él con cierto tipo de irrespeto. Tal irrespeto puede reflejar una ideología que rechaza la idea misma de libertad e igualdad, o la subordina a alguna concepción del buen vivir. Puede reflejar la exclusión de algunos seres humanos de la categoría de seres considerados merecedores de preocupación moral (Fein, 1990). O bien –quizás más a menudo– puede reflejar el modo en que el compromiso hipotético de las organizaciones hacia las normas éticas en la práctica es ignorado por la acción estratégica que persigue objetivos políticos y económicos (Ward: 63-76).”



  •        EFICACIA ADMINISTRATIVA EN LA RUTA DE LA ÉTICA PÚBLICA

Es importante tener en cuenta que el logro de la eficacia y eficiencia parte de principios éticos y morales que rigen la forma de administrar o de gerenciar lo público.
Las transformaciones administrativas que han tenido lugar en el sector público venezolano producto de la reforma del Estado que se inició con mayor fuerza a finales de 1991 y que se desarrolló con cierto vigor hasta 1998, se promovieron y aplicaron a través de los planteamientos que integran los postulados de la “gerencia empresarial eficiente”, este enfoque lleva consigo que de forma aparente este proceso se le vacíe de su contenido político que le es inherente por su naturaleza, esto es precisamente uno de los aspectos donde los procesos de reforma del Estado en América Latina han mostrado a nuestro juicio su mayor debilidad, pues se han convertido en un conjunto de propuestas fundamentalmente técnicas para cambiar estructuras político-administrativas ineficientes por unas que apuntalen la eficiencia, sin observancia de aspectos inequívocos de la naturaleza de la administración pública producto de su proceso histórico-político y socio cultural.
Es decir que se han trasladado acríticamente construcciones tecnológicas producidas a partir de problemas de producción del sector privado para explicar y resolver situaciones del sector público, siguiendo una idea que reduce el problema de la administración pública a un problema meramente de funcionamiento-técnico.


El desafío para la administración pública en este contexto de ideas, radicó en introducir mejoras en su funcionamiento (normativas, organizaciones, disposiciones, procedimientos) es decir en aumentar su capacidad de facilitar que los cambios económicos puedan transitar y hallar canales para su desarrollo adecuado, a esto Guerrero (1999) lo ha denominado capacidad de implementabilidad; “en su origen, el manejo público (public management) fue desarrollado como un paradigma de implementabilidad en administración pública” (Guerrero, 1999:81), a mayor capacidad de implementar cambios mayor será la capacidad de mantener gobernabilidad.


Otros autores han identificado a la Gerencia como el paradigma para acometer la modernización administrativa y han vinculado esta con aquella, es decir que hay una visión de establecer a la modernización administrativa como una capacidad para la absorción de cambios. Se promovió la sustitución de la administración pública por la aplicación de la gerencia pública como paradigma que venía a solucionar los problemas de organización y funcionamiento del Estado, como si se tratara de estructuras de producción privada lo que ha constituido un abordaje limitado del asunto.


Tomado de : http://www.gestiopolis.com/moral-y-etica-para-la-eficiencia-en-la-administracion-publica/.


Con el ánimo de que la información sea oportuna y eficaz se deja a continuación cada guía que se ha utilizado en las tutorias respectivas elaboradas por el docente de la ESAP (Escuela superior de Administración Pública) Rodrigo Zamudio  , podrán hacer Click en los enlaces de su preferencia.

  • Guia  1


  • Guia  3

  • Guia  4
Click aquí para descargar

  • Guia  5
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  • Guia  6
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  • Guia  7





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